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Despido de empleados en condición de discapacidad sin justa causa, se presume como un acto discriminatorio

Despido de empleados en condición de discapacidad sin justa causa, se presume como un acto discriminatorio

"Las personas son un fin en sí mismas y su valor intrínseco no está sujeto a los propósitos mercantiles; por lo tanto, para garantizar su dignidad y el disfrute de sus derechos, los empleadores tienen el deber de crear entornos adecuados para el crecimiento humano y la inclusión laboral, aprovechando las aptitudes y capacidades de las personas que posean condiciones especiales".

De acuerdo con el tribunal el despido de un trabajador en condición de discapacidad se presume discriminatorio a menos que el empleador desvincule con una causa probada o demuestre que su situación hace imposible seguir con el contrato laboral.

La Corte precisó que "en virtud de la estabilidad constitucional reforzada que ostentan –no como un derecho a permanecer a perpetuidad en el empleo, sino como un trato diferente al de los demás–, el retiro de personas con discapacidad requiere de la existencia de una causa objetiva de desvinculación".

El fallo de la Sala de Casación Laboral afirma que el inspector de trabajo podrá emitir un concepto favorable para la desvinculación solo si se constata que las deficiencias físicas, sensoriales o mentales del empleado son incompatibles con la operación de la empresa.

Fuente: El Tiempo (2018)

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